EL CONSEJO DE MINISTROS APROBÓ UN DECRETO QUE REFUERZA LAS SANCIONES POR ESTE MOTIVO

El Gobierno podrá inmovilizar a un buque en tránsito por contaminación


Lunes 26 de marzo de 2007

La nueva normativa se aplicará a todos los barcos que naveguen a menos de 200 metros de la costa y garantiza multas adecuadas a quienes perjudiquen el medio marino.


El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto de lucha contra la contaminación marina que refuerza el marco sancionador en materia de contaminación procedente de buques. Además, se prevé también la posibilidad de que la Administración española pueda detener un buque en tránsito si existen pruebas concluyentes de que ha efectuado una descarga contaminante que suponga, o pueda suponer, un perjuicio considerable para los recursos naturales de dichas aguas, para la costa o los bienes a ella vinculados.

Con este decreto se transpone parte de la directiva europea, aprobada en diciembre de 2005, que garantiza una sanción adecuada a cualquier persona que cause o contribuya a un incidente de contaminación intencionadamente o por negligencia grave.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, destacó en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que, con esta normativa, "se ponen los medios para sancionar todos los buques que descarguen aguas contaminantes en España".

España, que cuenta con 8.000 kilómetros de costa, presenta una geografía "especialmente vulnerable", por lo que este decreto se aplicará a todo buque que transite a menos de 200 metros de la costa y que provoque cualquier derrame en tránsito. Y, según la nueva normativa, "se le podrá detener siempre que existe alguna prueba de que está perjudicando nuestro entorno", explicó María Teresa Fernández de la Vega.

Pautas

La gran mayoría de las pautas de la directiva europea ya estaban recogidas por la legislación nacional vigente, de ahí que sea una transposición parcial. Mediante la directiva europea y, por lo tanto, con el real decreto aprobado ayer, se consigue reforzar la legislación a través de la creación de un espacio jurídico europeo en el que serán sancionadas las descargas de sustancias contaminantes -también conocidas como sentinazos- en aguas españolas y en alta mar de aquellos buques que se encuentran en tránsito, es decir, que no tienen como destino un puerto español.

A efectos de la adopción de las medidas oportunas, se establece también un procedimiento de colaboración con el Estado rector del puerto en el que el presunto buque infractor vaya a hacer escala.


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  • Mensaje 1
    • por fdsafds,22 de julio de 2011 El Gobierno podrá inmovilizar a un buque en tránsito por contaminación

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