XII Convenio Colectivo
Jueves 2 de noviembre de 2006
XII Convenio Colectivo del personal de Flota de Remasa. 2003 - 2006. Actualizado a enero de 2007
-Introducción. Haciendo memoria-
Después de la firma del XII CONVENIO COLECTIVO DE FLOTA DE REMOLQUES MARÍTIMOS y confiando en la futura incorporación de nuevos tripulantes, CGT MAR llevó a cabo la publicación de dicho Convenio con una tirada superior a los 400 ejemplares, teniendo en cuenta la plantilla de aquel momento y las futuras incorporaciones. Hoy es motivo de alegría comprobar que nos quedamos un poco cortos, al menos si queremos que todos los tripulantes de REMASA tengan un Convenio a su disposición, a día de hoy hemos agotado toda la edición.
Coincidiremos sobre la importancia de conocer nuestros derechos y obligaciones, por tanto que menos que tener a mano el documento que regula gran parte de nuestras relaciones laborales, nuestro Convenio Colectivo. Por ello hemos decidido llevar a cabo una nueva impresión más reducida y sin encuadernar pero que mantiene su funcionalidad. Así mismo, aunque la vigencia prevista del Convenio terminó con el 2006, hasta la firma del nuevo se mantienen en vigor sus cláusulas normativas y obligacionales, es decir, durante todo el proceso negociador que deberá llevarse a cabo. Por otro lado, antes y durante dicho proceso este texto nos debe servir a todos para que determinemos cuales son nuestras necesidades, carencias y por tanto demandas a plantear para el próximo Convenio Colectivo. También hemos aprovechado para añadir al texo las tablas salariales hasta año 2007, que no formaban parte del original, y de algunas modificaciones concretas que se acordaron entre Comité de Empresa y dirección de REMASA y que también significarón una cierta mejora en temas puntuales. La firma del XII Convenio Colectivo representó una mejora importante en las condiciones de trabajo del personal de la Flota, consiguiendo por fin un Coeficiente de descanso - embarque de 1:1, es decir 182,5 días libres al año y 182,5 días de embarque. A los buques de Salvamento se les quita los 15 días para suplencias y 15 días para cursillos que podían disminuir sus vacaciones, y para las Embarcaciones de Salvamento, con la incorporación de un marinero nuevo en cada unidad, representó 36 días más de descanso al año. Debemos destacar otros aspectos importantes del Convenio como:
• Reconocimiento por primera vez de algunos trabajos que llevan a cabo los tripulantes, como especiales (varadas de las Embarcaciones de Salvamento), y se establecen límites a su realización y compensaciones económicas. • Aumentaron un 25 % diversos conceptos económicos del Convenio, como los importes de los trabajos especiales para los Buques de Salvamento. • La ayuda por defunción de empleado se dobló, pasando a ser de 6000 €. • El importe de las dietas se incrementó a 40 € y 60 €, y los conceptos de gastos de viaje para las Embarcaciones de Salvamento a 36 € y 40 €, respectivamente para manutención y alojamiento. • Se aseguró la aplicación del IPC real en las tablas salariales, durante la duración del presente Convenio. • Se estableció la contratación fija como modelo para cubrir los puestos de trabajo de dotación estructural. • Si bien se reducen los días de las licencias por motivos de índole familiar, se acuerda que la licencia por nacimiento de hijos se podrá acumular a las vacaciones, tal como ocurría en caso de matrimonio. A su vez se establece que durante las mismas se percibirá el Salario Total u Ordinario, en lugar de lo que constaba anteriormente, salario profesional más antigüedad. • Como en el caso anterior, se establece, que en otros conceptos parecidos con derecho a retribución se abonara el Salario Total.
Si la firma del anterior Convenio (XI) significó, entre otras cosas, el aumento en 10 tripulantes la plantilla de la empresa (7%) y la conversión de otros 11 puestos en fijos, la firma del XII Convenio Colectivo de Flota conllevó la incorporación inmediata de 40 trabajadores más con contrato indefinido (15%).
Ello ha representado conseguir mejoras para todos los colectivos de la Flota, en algunos casos como en las Embarcaciones de Salvamento el aumento de descansos es más perceptible porque también el punto de partida es diferente. Pero nosotros estamos convencidos de que también para los Buques ha sido sumamente beneficiosos el haber conseguido, entre otras cosas, el coeficiente 1:1, quitándose de encima “la espada de Damocles” de tener quince días al año para suplencias y quince días para cursillos que en caso de utilizarse iban en detrimento de las vacaciones de los tripulantes. Pero lo más importante es que todos deberíamos felicitarnos por el incremento de la Plantilla que nos permite mirar con optimismo el futuro de toda la Flota y perseverar en asegurar el objetivo común de prestar un buen servicio de Salvamento.
Hoy visto lo visto y ante la actual situación podemos asegurar que los delegados de CGT estamos más convencidos y satisfechos que nunca del Convenio que firmamos en el año 2003, por lo que representó y por lo que actualmente sigue representando. Hoy hemos creído conveniente repasar lo que significo, destacando lo positivo y con la perspectiva de que el tiempo pasado habrá sacado a la luz aquellas cosas que no nos gustan tanto, o que se quedaron cortas en su resolución. De ellos tomemos nota para la próxima negociación, ya no muy lejana.
CGT MAR - STMM
Enero de 2007
Documentos adjuntos
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XII Convenio Colectivo deL Personal de Flota de REMASA (PDF - 476.7 KB)
- Mensaje 1
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por fdsafds,22 de julio de 2011
XII Convenio Colectivo
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