XIII Convenio Colectivo
Lunes 14 de abril de 2008
XIII Convenio Colectivo de Flota de Remolques Marítimos 2007 - 2009
El pasado 7 de marzo de 2008, la Comisión Negociadora del XIII Convenio Colectivo de Flota de Remolques Marítimos procedió a ratificar el nuevo texto que regulará las relaciones laborales en dicha Empresa Pública durante los próximos años. La parte social, formada mayoritariamente por delegados de CGT, refrendó unánimemente el nuevo Convenio.
Después de 4 meses de intensos trabajos, se ha podido conseguir un acuerdo que creemos puede permitir afrontar con éxito el continuo proceso de crecimiento que están experimentando los medios de intervención marítimos dedicados al Salvamento. El nuevo Convenio recoge importantes novedades que representan un importante avance en las condiciones socio-laborales de las tripulaciones de Salvamento Marítimo, y sienta las bases para futuras mejoras.
En lo más inmediato, se deberá proceder a actualizar los salarios con el 2% del IPC previsto (según tablas del Convenio), y a su vez la empresa abonara los atrasos de dicho incremento en todos los conceptos recogidos en el Artículo 21 (también se recogen las excepciones) y desde fecha 1 de enero de 2008. A su vez, y aunque esta en trámite de registro y de publicación en el BOE, los restantes temas pactados entraron en vigor a la fecha de la firma del mismo.
A modo de resumen os recordamos algunas de las mejoras que contempla el XIII Convenio Colectivo de Flota:
• Vigencia del convenio; 3 años. Es decir tendríamos que empezar a negociar de nuevo a finales del 2009. • Transformación de todos los contratos eventuales por obra y servicio del personal de refuerzo, en contratos indefinidos. • Nuevo Capítulo; regulación de la selección, promoción, traslados y bolsa de embarque. Inexistente hasta el momento. • Inclusión de las Salvamares Itinerantes en el Convenio, recogiendo sus condiciones especiales. • Aumento salarial. Aplicación del IPC REAL (Previsto + cláusula de revisión) durante la vigencia del Convenio Colectivo. Para 2007 su aplicación ha representado un 4,2 de aumento. Las tablas del 2008 recogen el 2% de aumento a cuenta del IPC previsto. • Aumento y actualización de los dos tipos de dietas existentes. • Nueva cláusula que asegura la actualización de todos los conceptos económicos de forma automática, desde la firma del convenio y de acuerdo del incremento salarial pactado para cada año. Efecto retroactivo a 1 de enero de 2008 para muchos de ellos. • Trabajos especiales. En los buques; inclusión de nuevos conceptos generadores del plus por hora, actualización de los importes en los conceptos de trabajos especiales en los Motores Principales, Auxiliares, Grupos, etc, y en Grupos de Puerto. En las lanchas; inclusión por primera vez de dicho concepto con la aparición de una lista de trabajos especiales hasta el momento inexistente, aumento de los importes de las varadas y regularización de algunos de sus aspectos. Para todos los colectivos, actualización del precio de las horas de trabajos especiales a 8 euros. • Para las sustituciones realizadas, y en el caso que el tripulante elija cobrar los días debidos en lugar de disfrutarlos, le serán abonados a un importe de 2x1. • Actualización y mejora muy significativa del Plus de Cocinero. Compensando y reconociendo además su exceso de trabajo en las unidades con mayor número de tripulantes. • Formación; creación de una comisión mixta empresa – trabajadores, para elaborar un plan de formación en un plazo determinado. Además se articulara el modo al que los tripulantes internos que estén cursando estudios que impliquen la realización de prácticas de mar, puedan realizarlas en la propia empresa. • Artículo nuevo que recoge y regula la figura de los Alumnos. • Creación de una Comisión de Trabajo con objeto de adecuar unas normas concretas de la organización de trabajos y descansos a bordo de las unidades. • Aumento de algunas de las licencias, e inclusión de algunos motivos nuevos, añadiendo y mejorando aquellas basadas en la aplicación de la ley de igualdad y de dependencia. • La licencia por asuntos propios se aumenta hasta un año y con reserva del puesto de trabajo. • Se recogen nuevos caso de excedencia, relacionados con el cuidado de hijos y de familiares, mejorando la legislación vigente, ampliando el derecho a la reserva del mismo puesto de trabajo a la duración de la totalidad de la misma. • Se equipara las parejas de hecho a los matrimonios. • Capitulo nuevo que recoge la implantación de Protocolos para la prevención del acoso en diferentes aspectos, y otras mejoras relacionadas con la Ley de Igualdad y con la Ley de Dependencia. Protocolos de actuación en situación de riesgo durante el embarazo y la lactancia. • Se crea un comisión para desarrollar un Plan de Igualdad. • Se aumentan los importes del seguro de accidentes de los tripulantes a las siguientes cantidades: Fallecimiento: 75.000 Euros Invalidez permanente parcial: hasta el 100 % del capital asegurado, según baremo. Invalidez permanente total para la profesión habitual: 90.000 Euros Invalidez permanente absoluta: 112.000 Euros • Se actualiza de 6000 a 9000 euros, la indemnización a los familiares por muerte natural del tripulante. • Se aumentan los importes por perdida de equipaje y entretenimiento a bordo. • Compromiso de la empresa a estudiar en un corto plazo la viabilidad de la puesta en marcha de un plan de pensiones. Inicialmente va a aportar una cantidad económica concreta (0,5 de la masa salarial).
Si las mejoras conseguidas son muy importantes, el éxito de este nuevo Convenio va a depender en gran medida de su correcta aplicación. Muchos son los cambios recogidos que van a requerir un proceso de adaptación por todas las partes. Pero no menos importante deberían ser las Comisiones de trabajo que se van a crear en un futuro inmediato. A nadie se le puede escapar que es imposible que durante el proceso negociador se puedan resolver todas las problemáticas, y algunas de ellas no pueden demorarse para próximas negociaciones. Las Comisiones tienen como objetivo desarrollar temáticas como la Formación, que necesitan de un importante trabajo común pero que no pueden postergarse ni circunscribirse exclusivamente a las dinámicas de los Convenios.
En lo negativo tenemos sin embargo, la imposición por parte de la Empresa de unas tablas nuevas de aplicación para las categorías de los nuevo buques, denominados Remolcadores de Salvamento de 40 metros, que no por avisada y previsible, deja de ser menos preocupante. Ante la situación producida, ya hace tiempo que desde CGT estamos estudiando las diversas posibilidades de actuación, sobre las cuales os informaremos oportunamente. Lo que lamentamos de nuevo que desde los sindicatos minoritarios se haya actuado obviando a la representación mayoritaria de los trabajadores de Remolques Marítimos, mientras que por nuestra parte contábamos actuar como Pleno del Comité. Algo que a todas luces parece inviable ante aquellos que tienen más prisa en figurar que en realizar las cosas bien hechas. Por nuestra parte actuaremos con la misma seriedad y responsabilidad de siempre, sin dejar de lado ninguna de las opciones posibles.
Los cambios y sus necesarios procesos de adaptación que esta generando y generará el crecimiento de la empresa pública, nos va a abocar a un trabajo más continuo e intenso por parte de la representación de los trabajadores y de los sindicatos. Desde CGT ya lo hemos desarrollado en las anteriores etapas, pero deberemos reforzar nuestra actividad y movernos en la defensa de nuestras demandas con mayor antelación y preparación si cabe, ante la empresa y la administración. Y ahora nos referimos a aquellas cuestiones que en principio han quedado aplazadas para el próximo convenio y las cuales se escapan muchas veces del ámbito negociador entre empresa y Comité.
Pero ahora es momento de felicitarnos por el trabajo común realizado, por el nuevo Convenio firmado (el tercero con mayoría absoluta de CGT), y por las mejoras conseguidas. No solo en lo económico, sino también en lo social, habiendo dado un gran paso en modernizar nuestro convenio iniciando un proceso de adaptación que siendo importante no deja de ser un principio.
Desde el STMM CGT reafirmamos nuestro compromiso en la defensa del Servicio Público del Salvamento Marítimo, y, por supuesto, de unas condiciones de trabajo adecuadas para todos aquellos que trabajamos en dicho servicio. Con la misma responsabilidad, seriedad y coherencia que ha marcado nuestra tarea, y de la misma forma que hemos sacado adelante el nuevo Convenio, confiamos en seguir dignificando nuestra profesión. En beneficio común de los trabajadores, esperamos de los otros sindicatos, la misma actitud leal a los intereses que representamos.
Salud y Solidaridad
STMM CGT
En el documento adjunto encontrareis el Convenio completo, junto con información adicional
Documentos adjuntos
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BOE (PDF - 152 KB)
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XIII CONVENIO COLECTIVO (PDF - 540.2 KB)
- Mensaje 1
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22 de mayo de 2008
XIII Convenio Colectivo
Y cuando se saben las tablas de los nuevos remolcadores de 40 metros? es el mismo convenio que el de los remolcadores? Agradeceria que lo aclaraseis-
por CGT MAR, Mayo de 2008
XIII Convenio Colectivo
Las Tablas de los Buques de 40 metros han sido impuestas por la Dirección de manera unilateral, es decir no se han acordado a través de un proceso negociador. Por tanto desde la parte social hemos reclamado su desaparición y al no ser atendida nuestra petición se han puesto en marcha las medidas legales pertinentes. No sabemos el final de esta situación aunque esparamos termine con su retirada y con la aplicación de la tabla correspondiente a los Buques en el actual Convenio a todos los tripulantes. De todas formas dichas tablas, que están siendo aplicadas en las uniades nuevas de 40 metros de eslora, han sido hechas publicas y remitidas a todas las unidades de la Flota y estarán en la base de datos de todos los buques y a disposición de todos los tripulantes. De todas formas si tu no has podido disponer de ellas, enviame un dirección de correo electrónico y te las remitiremos sin ningún problema. Salud
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